martes, 05 de mayo de 2015 a las 04:55 PM

Recomiendan contratar viajes de turismo con agencias habilitadas

Desde el Ministerio de Turismo de la Provincia de Corrientes se comunica la plena vigencia del Art. 1º de la Ley 18.829 (Ley de Turismo), y en virtud de ello alerta que ninguna persona, institución religiosa, educativa y otros puede vender viajes y/o paquetes para concurrir a eventos religiosos, culturales, musicales, ni de ninguna índole que no sea una Agencia de Viajes debidamente registrada por el Ministerio de Turismo de la Nación.

A tal fin, se transcribe el mismo: Art. 1 de la Ley 18.829 inc. a) Quedan sujetas a las disposiciones de esta Ley toda persona física o jurídica que desarrollen en el territorio nacional, con o sin fines de lucro en forma permanente transitoria o accidental, alguna de las siguientes actividades: inc. A) la intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero.

Para corroborar la información  existe una página Web en la Provincia en concordancia con la que tiene el Ministerio de Turismo de la Nación, donde se encuentra el listado de todas las agencias que poseen licencia habilitante, como así también las que pueden vender paquetes estudiantiles.

Como parte activa de contralor y asesoramiento, el Ministerio de Turismo y la  Subsecretaría de Promoción e Inversiones  informa que el Departamento  de Fiscalización, continúa atendiendo de lunes a viernes todas las consultas vinculadas a los temas enunciados, de 8:00 a 14:00 horas en 25 de mayo 1330 de esta Capital, teléfono 03794-427200 interno 109 e-mail: fiscalizaciónturctes@yahoo.com.ar.